15 de Mayo de
2007
RECHAZADO
PROYECTO QUE OTORGABA VOTO A CHILENOS EN EL EXTERIOR
Por no reunir el quórum de 69 votos, necesario para aprobar cambios a una Ley Orgánica Constitucional,
fue rechazada la
iniciativa en la Cámara de Diputados.
La idea de legislar esta iniciativa recibió 63 votos a favor, 23 en
contra y 20 abstenciones, y no alcanzó el quórum necesario de 69 preferencias.
De esta forma, y de acuerdo a la Constitución, sólo podrá insistirse en este
proyecto al término de un año.
La iniciativa contó con el respaldo cerrado de los diputados de la Concertación y con el rechazo o abstención de los partidos de oposición.
Los 23 votos en contra fueron de diputados de la UDI más el de la
regionalista Marta Isasi. Las abstenciones correspondieron a legisladores de
RN, más los UDI Julio Dittborn, Felipe Salaberry, Edmundo Eluchans y Gonzalo
Uriarte, y el independiente Alberto Cardemil.
La votaciòn fue precedida de una acalorada discusión, en la que ambos
sectores expusieron sus argumentos y durante la cual los parlamentarios
oficialistas recordaron con insistencia que esta aspiración fue levantada por
los diversos aspirantes en las pasadas elecciones presidenciales
En los últimos días el Gobierno y RN desarrollaron tratativas para
consensuar el proyecto, pero las mismas no prosperaron. Entre los cambios al
proyecto planteados por Renovación Nacional figuraba que los chilenos se
inscribieran en el país y que hubieran visitado el territorio al menos una vez
en los últimos 5 años, como muestra de sentido de arraigo y pertenencia con el
destino nacional.
El texto se generó en una moción de los diputados Sergio Aguiló, Isabel
Allende, Juan Bustos, Francisco Encina, Carlos Montes y Fulvio Rossi,
presentada a trámite el 20 de julio de 2005.
El texto modificaba la Ley 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones
Populares y Escrutinios, incorporando un título nuevo que regula la inscripción
electoral en el exterior.
En él se disponía que en cada consulado existiría una junta electoral
presidida por el cónsul e integrada, además, por otro funcionario del servicio
exterior, que actuará de secretario. Estas juntas ejercerán sus funciones en el
territorio del Estado extranjero en que tenga su sede el respectivo consulado.
Inscripción de chilenos residentes
El proyecto disponía que las inscripciones en el exterior no tendrían
costo y se harían en los libros correspondientes separados por varones y
mujeres. Las votaciones en el extranjero se realizarían para elegir Presidente
de la República y en los casos de plebiscitos regulados por la Constitución.
La nacionalidad, identidad y edad para inscribirse se comprobará por
medio de la cédula de identidad vigente o por el pasaporte válido de chileno.
En caso de duda, se podrá requerir un informe técnico del Servicio de Registro
Civil.
De la misma forma, para sufragar las personas inscritas debían presentar
su carné de identidad o su pasaporte.
El local de votación establecido sería preferentemente el consulado. Las
juntas electorales en el exterior debían constituirse 6 meses después de
publicada la ley en el Diario Oficial.
Miércoles 16 de Mayo
de 2007